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Nuevas disposiciones sobre operaciones de valores negociables con liquidación en moneda extranjera

Nuevas disposiciones sobre operaciones de valores negociables con liquidación en moneda extranjera

La Comisión Nacional de Valores (CNV) dispuso la implementación de nuevos límites para las operaciones de compra-venta de valores negociables de renta fija, nominados y pagaderos en dólares emitidos por la República Argentina, que rigen a partir de hoy.

También se aprobaron limitaciones para quienes tengan posiciones tomadoras en cauciones y/o pases y pretendan realizar operaciones de venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera. La medida fue adoptada mediante la RG 959, publicada este martes en Boletín Oficial.

En el marco del Decreto de Necesidad y Urgencia 164/2023, dichos límites se centran en la cantidad de valores negociables vendidos respecto de la cantidad de valores negociables comprados -con liquidación en moneda extranjera y en jurisdicción local o extranjera-, realizadas en el segmento de concurrencia de ofertas, con prioridad precio tiempo por parte de las subcuentas alcanzadas por lo dispuesto en el artículo 6° del Capítulo V del Título VI, y que revistan el carácter de inversores calificados.

Asimismo, se dispone que tanto los agentes de Liquidación y Compensación como los de Negociación no podrán dar curso ni liquidar operaciones de venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera -en jurisdicción local y extranjera- correspondientes a clientes ordenantes (mientras mantengan posiciones tomadoras en cauciones y/o pases, cualquiera sea la moneda de liquidación).

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